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COMEX HCY Estudio Aduanero
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¿En qué posición clasifica su mercadería?

La posición arancelaria decide cuánto paga, qué permisos necesita y qué controles le aplican. Empiece por acá; el criterio final lo sustentamos nosotros.

Posiciones 26

  • 8901.10.00

    Transatlánticos, barcos para excursiones (de cruceros) y barcos similares diseñados principalmente para el transporte de personas, transbordadores

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    12,6% AEC Calcular costos
  • 8901.20.00

    Transatlánticos, barcos para excursiones (de cruceros), transbordadores, cargueros, gabarras (barcazas) y barcos similares para el transporte de personas o mercancías. > Barcos cisterna

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    12,6% AEC Calcular costos
  • 8901.30.00

    Transatlánticos, barcos para excursiones (de cruceros), transbordadores, cargueros, gabarras (barcazas) y barcos similares para el transporte de personas o mercancías. > Barcos frigoríficos, excepto los de la subpartida 8901.20

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    12,6% AEC Calcular costos
  • 8901.90.00

    Transatlánticos, barcos para excursiones (de cruceros), transbordadores, cargueros, gabarras (barcazas) y barcos similares para el transporte de personas o mercancías. > Los demás barcos para el transporte de mercancías y demás barcos diseñados para el transporte mixto de personas y mercancías

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    12,6% AEC Calcular costos
  • 8902.00.10

    Barcos de pesca, barcos factoría y demás barcos para la preparación o la conservación de los productos de la pesca. > Con eslora superior o igual a 35 m

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    12,6% AEC Calcular costos
  • 8902.00.90

    Barcos de pesca, barcos factoría y demás barcos para la preparación o la conservación de los productos de la pesca. > Los demás

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    12,6% AEC Calcular costos
  • 8903.11.00

    Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte, barcas (botes) de remo y canoas. > Embarcaciones inflables, incluso con casco rígido: > Equipadas o diseñadas para equiparlas con motor, de peso en vacío, sin motor, inferior o igual a 100 kg

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    20,0% AEC Calcular costos
  • 8903.12.00

    Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte, barcas (botes) de remo y canoas. > Embarcaciones inflables, incluso con casco rígido: > No diseñadas para ser utilizadas con motor y de peso en vacío inferior o igual a 100 kg

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    20,0% AEC Calcular costos
  • 8903.19.00

    Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte, barcas (botes) de remo y canoas. > Embarcaciones inflables, incluso con casco rígido: > Las demás

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    20,0% AEC Calcular costos
  • 8903.21.00

    Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte, barcas (botes) de remo y canoas. > Barcos de vela, distintos de los inflables, incluso con motor auxiliar: > De longitud inferior o igual a 7,5 m

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    20,0% AEC Calcular costos
  • 8903.22.00

    Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte, barcas (botes) de remo y canoas. > Barcos de vela, distintos de los inflables, incluso con motor auxiliar: > De longitud superior a 7,5 m pero inferior o igual a 24 m

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    20,0% AEC Calcular costos
  • 8903.23.00

    Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte, barcas (botes) de remo y canoas. > Barcos de vela, distintos de los inflables, incluso con motor auxiliar: > De longitud superior a 24 m

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    20,0% AEC Calcular costos
  • 8903.31.00

    Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte, barcas (botes) de remo y canoas. > Barcos de motor, distintos de los inflables, excepto los de motor fueraborda: > De longitud inferior o igual a 7,5 m

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    20,0% AEC Calcular costos
  • 8903.32.00

    Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte, barcas (botes) de remo y canoas. > Barcos de motor, distintos de los inflables, excepto los de motor fueraborda: > De longitud superior a 7,5 m pero inferior o igual a 24 m

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    20,0% AEC Calcular costos
  • 8903.33.00

    Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte, barcas (botes) de remo y canoas. > Barcos de motor, distintos de los inflables, excepto los de motor fueraborda: > De longitud superior a 24 m

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    20,0% AEC Calcular costos
  • 8903.93.00

    Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte, barcas (botes) de remo y canoas. > Los demás: > De longitud inferior o igual a 7,5 m

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    20,0% AEC Calcular costos
  • 8903.99.00

    Yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte, barcas (botes) de remo y canoas. > Los demás: > Los demás

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    20,0% AEC Calcular costos
  • 8904.00.00

    Remolcadores y barcos empujadores.

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    12,6% AEC Calcular costos
  • 8905.10.00

    Barcos faro, barcos bomba, dragas, pontones grúa y demás barcos en los que la navegación sea accesoria en relación con la función principal, diques flotantes, plataformas de perforación o explotación, flotantes o sumergibles. > Dragas

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    12,6% AEC Calcular costos
  • 8905.20.00

    Barcos faro, barcos bomba, dragas, pontones grúa y demás barcos en los que la navegación sea accesoria en relación con la función principal, diques flotantes, plataformas de perforación o explotación, flotantes o sumergibles. > Plataformas de perforación o explotación, flotantes o sumergibles

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    12,6% AEC Calcular costos
  • 8905.90.00

    Barcos faro, barcos bomba, dragas, pontones grúa y demás barcos en los que la navegación sea accesoria en relación con la función principal, diques flotantes, plataformas de perforación o explotación, flotantes o sumergibles. > Los demás

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    12,6% AEC Calcular costos
  • 8906.10.00

    Los demás barcos, incluidos los navíos de guerra y barcos de salvamento excepto los de remo. > Navíos de guerra

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    12,6% AEC Calcular costos
  • 8906.90.00

    Los demás barcos, incluidos los navíos de guerra y barcos de salvamento excepto los de remo. > Los demás

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    12,6% AEC Calcular costos
  • 8907.10.00

    Los demás artefactos flotantes (por ejemplo: balsas, depósitos, cajones, incluso de amarre, boyas y balizas). > Balsas inflables

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    12,6% AEC Calcular costos
  • 8907.90.00

    Los demás artefactos flotantes (por ejemplo: balsas, depósitos, cajones, incluso de amarre, boyas y balizas). > Los demás

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    12,6% AEC Calcular costos
  • 8908.00.00

    Barcos y demás artefactos flotantes para desguace.

    Capítulo 89 · Barcos y demás artefactos flotantes

    0,0% AEC Calcular costos

Capítulos 1

Si ninguna posición encaja, el capítulo le dice en qué rubro buscar.

  • 89

    Barcos y demás artefactos flotantes

    Sección XVII · Material de transporte

El porcentaje que se muestra es el Arancel Externo Común del Mercosur, tomado de la nomenclatura vigente publicada por la Secretaría del MERCOSUR. No es necesariamente el derecho que Argentina aplica: hay listas nacionales de excepción, regímenes especiales y medidas transitorias que lo modifican. Y clasificar no es buscar una palabra: se decide por las Reglas Generales Interpretativas, las notas de sección y de capítulo y la función real del producto. Antes de declarar, pídanos la clasificación sustentada y el derecho vigente para su caso.

¿Tiene dudas entre dos posiciones?

Es la diferencia más cara del comercio exterior. Descríbanos el producto y le devolvemos la clasificación con su sustento técnico.